De conformidad con lo que dispone los artículos 11 y 12 de la Ley de Organización y Régimen de las Comunas, en diciembre de cada año estas deben renovar sus cabildos, para que inicien su administración a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del siguiente año.
En este sentido, y en cumplimiento de la Ley, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de la Dirección Distrital de El Oro, durante noviembre notificó el cumplimiento de esta normativa a las 20 comunas activas que existen en la provincia.
Durante cualquier día de diciembre, de cada año, según la convocatoria previa hecha por el cabildo, se reunirán los habitantes que consten en el registro en un sitio de la comuna, o cualquier otro de la parroquia, con el objeto de nombrar el cabildo que ha de representarlos en el año siguiente, contado desde el 1 de enero.








Angélica comentó sobre ECUADOR: FIASA abre fondos para investigación agrícola · hace 6 h
«Muy excelente proyecto, yo trabajo en un proyecto fiasa con la universidad»