El Ministerio del Trabajo emitió las directrices para el registro de las modalidades y acuerdos laborales, el contrato especial emergente y la reducción emergente de la jornada de trabajo que contempla la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario.
Mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2020-132 se establecen los lineamientos a cumplir para el registro de las modalidades y acuerdos laborales, los cuales deberán celebrarse por escrito y ser registrados en un plazo de 15 días en el módulo Ley Humanitaria del Sistema Único de Trabajo-SUT.
Al empleador le corresponderá actualizar en el SUT los datos del trabajador de conformidad con el acuerdo suscrito. El Ministerio del Trabajo realizará los controles y verificaciones necesarias para precautelar el cumplimiento de los derechos laborales y la ley.
Respecto al contrato especial emergente se deberá celebrar por escrito, contener los requisitos establecidos en el Código del Trabajo para la suscripción de un contrato individual de trabajo y ser registrado en el SUT dentro del plazo de quince 15 días contados a partir de su suscripción.
Podrá celebrarse como “Contrato Especial Emergente a Jornada Completa”; o “Contrato Especial Emergente a Jornada Parcial”, el pago de la remuneración se podrá realizar diariamente, semanalmente, quincenalmente o mensualmente previo acuerdo de las partes. Por otra parte, a través del Acuerdo Ministerial MDT-2020-133 se expiden las directrices para la aplicación de la reducción emergente de la jornada de trabajo la cual se podrá aplicar a la jornada ordinaria o parcial hasta un máximo del 50%.








Angélica comentó sobre ECUADOR: FIASA abre fondos para investigación agrícola · hace 8 h
«Muy excelente proyecto, yo trabajo en un proyecto fiasa con la universidad»