El tribunal europeo sentencia que los organismos modificados con CRISPR deben ser regulados como transgénicos.
El Tribunal Europeo de Justicia ha decidido hoy que los organismos modificados con nuevas técnicas de edición genética como el CRISPR deben ser considerados transgénicos y, por tanto, están sujetos a las normativas que limitan su cultivo dentro de la UE.
La decisión del tribunal es respuesta a una denuncia interpuesta por el sindicato agrícola francés Confédération Paysanne y otras ocho organizaciones contra la legislación francesa, que deja fuera de la normativa europea sobre transgénicos a los organismos obtenidos por mutagénesis. Esta técnica engloba diferentes métodos para generar mutaciones en un ser vivo, por ejemplo una planta, y conseguir así que tenga determinadas cualidades, por ejemplo que sea resistente a pesticidas. Esta técnica es diferente de la transgénesis, que consiste en introducir en un organismo genes de otro ser vivo, como es el caso del maíz Mon 810 de Monsanto, que lleva un gen de una bacteria que le permite generar una proteína tóxica para ciertas plagas.
En una sentencia hecha pública hoy, el tribunal europeo considera que los organismos generados por mutagénesis son Organismos Modificados Genéticamente (OMG) al entender que esta técnica altera la genética de los organismos de una forma que no se da en la naturaleza. Esto supone que las plantas y otros organismos cuyo genoma se modifica con la técnica de edición genética CRISPR-Cas 9 y otras similares estarán reguladas por la directiva comunitaria de 2001 que controla el desarrollo y cultivo de organismos transgénicos. La norma dictamina por ejemplo que cada nuevo OMG debe ser aprobado tras un análisis de su posible impacto en la salud y en el medio ambiente y someterse a medidas especiales de trazabilidad y etiquetado.








Angélica comentó sobre ECUADOR: FIASA abre fondos para investigación agrícola · hace 6 h
«Muy excelente proyecto, yo trabajo en un proyecto fiasa con la universidad»