El Gobierno de Perú publicó este fin de semana dos decretos que exoneran del Impuesto a la Renta a determinados valores y lo eleva para las grandes empresas del 28 al 29,5 %, como parte de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso.
El decreto que modifica el artículo segundo de la ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores establece otorgar un tratamiento preferencial a los rendimientos de instrumentos financieros negociados, que son regulados por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
A partir del 1 de enero de 2017, están exoneradas del Impuesto a la Renta hasta el 2019 las rentas provenientes de la enajenación de las acciones comunes y de inversión, los American Depositary Receipts (ADR) y Global Depositary Receipts (GDR), facturas negociables.
Asimismo, valores representativos de deuda, certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores o certificados de participación en Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (Firbi) y en Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (Fibra).








Angélica comentó sobre ECUADOR: FIASA abre fondos para investigación agrícola · hace 7 h
«Muy excelente proyecto, yo trabajo en un proyecto fiasa con la universidad»